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Preguntas frecuentes

FAQ

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03.- Violencia escolar: ¿qué hago si... ?

En primer lugar se deben poner los hechos en conocimiento de los padres.

Los hechos también deben ser advertidos al tutor y, en su caso, a los órganos directivos del Colegio para que se adopten las medidas oportunas.

En todo caso se puede interponer la correspondiente denuncia acudiendo previamente a la Oficina de Asistencia a las Víctimas del Delito para recibir el asesoramiento adecuado. Los trabajadores y trabajadoras de las Oficinas pueden ofrecerte asistencia jurídica y atención psicológica individualizada  para lograr superar la situación.

En caso de agresión física es conveniente acudir al centro sanitario para que se proceda al diagnóstico y se facilite el tratamiento médico adecuado.

Le recordamos que conforme las condiciones de uso de la web, la información aquí contenida es simplemente orientativa, no constituyendo en ningún caso una valoración de las circunstancias concretas de cada caso, por lo que le recomendamos que en última instancia, recurra al asesoramiento de una persona profesional.

En cualquier caso, puede acudir a su Oficina de Asistencia a las Víctimas más cercana donde letrados y letradas, profesionales de la psicología y trabajadores y trabajadoras sociales le ofrecerán un servicio público, profesional e individualizado. Si lo desea también puede contactar con nosotros a través de nuestra Oficina Virtual o llamando al número de teléfono de la Oficina correspondiente.

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https://oficinavictimas.gva.es/es/preguntas-frecuentes/-/categories/165569900#165570625

Puedes acudir al órgano judicial competente poniendo en su conocimiento tal circunstancia a los efectos de que el órgano pueda adoptar las medidas legalmente oportunas.

También puedes ponerte en contacto telefónico o acudir personalmente a la Oficina de Asistencia a las Víctimas del Delito más cercana a tu localidad. El letrado o letrada de la oficina te informará y asesorará de forma personal, profesional y gratuita sobre el hecho delictivo, el procedimiento judicial y cualquier duda que pudieras plantearle. Además, un psicólogo o psicóloga profesional de la Oficina puede proporcionarte asistencia psicológica antes, durante y con posterioridad al procedimiento judicial.

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En cualquier caso, puede acudir a su Oficina de Asistencia a las Víctimas más cercana donde letrados y letradas, profesionales de la psicología y trabajadores y trabajadoras sociales le ofrecerán un servicio público, profesional e individualizado. Si lo desea también puede contactar con nosotros a través de nuestra Oficina Virtual o llamando al número de teléfono de la Oficina correspondiente.

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Si el hecho ya ha sido denunciado y se ha iniciado un procedimiento judicial, debes ponerlo en conocimiento de su letrado o letrada.

Resulta conveniente acudir al órgano judicial o la Fiscalía manifestando la intención y la voluntad de restituir y reparar el daño causado. 

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