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02.- Violencia doméstica: ¿qué hago si... ?

Puedes interponer una denuncia en la Policía, Guardia Civil o en el Juzgado de Guardia.

En los supuestos de agresión es conveniente acudir al centro sanitario para que se proceda al diagnóstico y se facilite el tratamiento médico adecuado. 

Le recordamos que conforme las condiciones de uso de la web, la información aquí contenida es simplemente orientativa, no constituyendo en ningún caso una valoración de las circunstancias concretas de cada caso, por lo que le recomendamos que en última instancia, recurra al asesoramiento de una persona profesional.

En cualquier caso, puede acudir a su Oficina de Asistencia a las Víctimas más cercana donde letrados y letradas, profesionales de la psicología y trabajadores y trabajadoras sociales le ofrecerán un servicio público, profesional e individualizado. Si lo desea también puede contactar con nosotros a través de nuestra Oficina Virtual o llamando al número de teléfono de la Oficina correspondiente.

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https://oficinavictimas.gva.es/es/preguntas-frecuentes/-/categories/165569899#165570418

Puedes interponer una denuncia y al mismo tiempo solicitar la adopción de medidas cautelares de protección

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Siempre que se produzca una situación violenta es conveniente llamar a los servicios de emergencia (112) por si existe alguna lesión o por si fuera necesario el ingreso de urgencia.

En cualquier caso puedes interponer la correspondiente denuncia y solicitar que se adopte alguna medida cautelar de protección que impida a la persona que agrede acercarse al domicilio familiar, entre otras. 

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Puedes denunciar y solicitar una medida cautelar de protección que por ejemplo le impida volver al domicilio o establecer comunicación contigo.

En los supuestos de agresión es conveniente acudir al centro sanitario para que se proceda al diagnóstico y se facilite el tratamiento médico adecuado.

En el caso de menores también puedes acudir a la Fiscalía de Menores, donde se iniciará el correspondiente expediente y se procederá a adoptar las medidas oportunas. 

Le recordamos que conforme las condiciones de uso de la web, la información aquí contenida es simplemente orientativa, no constituyendo en ningún caso una valoración de las circunstancias concretas de cada caso, por lo que le recomendamos que en última instancia, recurra al asesoramiento de una persona profesional.

En cualquier caso, puede acudir a su Oficina de Asistencia a las Víctimas más cercana donde letrados y letradas, profesionales de la psicología y trabajadores y trabajadoras sociales le ofrecerán un servicio público, profesional e individualizado. Si lo desea también puede contactar con nosotros a través de nuestra Oficina Virtual o llamando al número de teléfono de la Oficina correspondiente.

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